Investigadores
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Colciencias con la resolución 688 de 2012 define los requisitos y definiciones necesarias para evaluar y otorgar cada tres años el reconocimiento de los Centros de Investigación o Desarrollo Tecnológico. |
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El objetivo del incentivo es fomentar y estimular la inversión de capitales nacionales que impulsen el crecimiento de la industria del software y de medicamentos en Colombia. Este trámite según las normas vigentes tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2012. |
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Quien invierta en proyectos calificados por el CNBT como de investigación y desarrollo tecnológico podrá deducir el 175% del valor invertido en el período gravable en que se realizó la inversión, sin exceder el 40% de la renta líquida. |
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El objetivo del incentivo es fomentar el desarrollo de la investigación en las instituciones de educación y los centros reconocidos, facilitando y disminuyendo el costo de los equipos o elementos destinados a la ejecución de proyectos de CT+I que requieran ser importados. |
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La persona natural o jurídica que desee ser evaluador para el apoyo de las actividades permanentes de evaluación de las distintas entidades del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, en cumplimiento del Decreto 1279 de 2002, debe registrarse ante Colciencias. |
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Si es de un grupo colombiano de investigación registrado en la plataforma ScienTI – Colombia y le interesa participar en la convocatoria pública para la medición de grupos de investigación científica, tecnológica o de innovación – ScientiCol, puede solicitar su inscripción de manera electrónica. |
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Las publicaciones seriadas científicas y tecnológicas del país que estén interesadas en ser reconocidas como revistas científicas, hacer parte de la Base Bibliográfica Nacional y ser incluidas en el Índice Bibliográfico Nacional - Publindex, pueden solicitar el servicio de indexación en Colciencias. |






